El Gobierno estatal está dando pasos hacia una futura Ley sobre Biomedicina y el andaluz ha iniciado ya la tramitación de un anteproyecto de ley que regulará la realización de análisis genéticos con finalidad asistencial e investigadora, creando, asimismo, un banco público de ADN, cuyo centro estará en Granada, pero posibilitando también la existencia de bancos privados.
Las bases de estas iniciativas tienen todo un marco de principios inspiradores en el ámbito europeo e internacional, que se plasman en diversas declaraciones que animan a los Estados a establecer regulaciones jurídicas guiadas por los mismos. Entre tales textos cabe destacar
Las premisas son claras: respeto a la intimidad, a la dignidad, a la autodeterminación informativa y a la no discriminación. La información genética presenta un nuevo escenario que lleva a replantearse cuestiones hasta ahora indubitadas, como la titularidad de la información, pues debido al componente eminentemente familiar de la misma cabe preguntarse si la titularidad es individual o familiar, lo que genera importantes consecuencias sobre el principio de autodeterminación informativa ¿Es el individuo el único que puede decidir sobre el uso y destino de este tipo de datos o es preciso contar con un consenso familiar?
Quizá, lo más prudente sea esperar a la evolución de los acontecimiento para dar respuesta certera a este interrogante, de lo que no cabe duda es de la necesidad de atender a las peculiaridades de esta información y de los principios rectores que han de guiar su uso, pues con una regulación garantista muchos pueden ser los beneficios. Una cuestión a apuntar, procuremos que no se repita la experiencia de la Ley 41/2002 y se produzca una acción coordinada de Estado y Comunidades Autónomas.
jueves, 6 de abril de 2006
LA REGULACIÓN DEL DATO GENÉTICO
Publicado por Ricardo De lorenzo en 11:48:00 a. m.
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