martes, 4 de diciembre de 2007

EL SUPREMO APRUEBA EL REGISTRO DE NUEVAS INFECCIONES

El pasado día 1 de diciembre se celebró el Día Mundial del Sida. El último balance del Plan Nacional sobre el Sida, presentado el pasado junio, reveló que el número de casos notificados anualmente se había reducido un 10 por ciento con respecto al ejercicio anterior. Las personas con VIH cada vez están mejor controladas con los fármacos y muchos de ellos nunca llegan a desarrollar el sida, por lo que parece que el número de casos de sida se está estabilizado o disminuyendo en los últimos años pero en la actualidad se desconoce qué ocurre con los nuevos contagios, si están aumentando o no.
Es necesario para conocer cómo se desarrolla la epidemia cuántas personas tienen VIH, qué forma de transmisión es la predominante (si son las drogas, la vía sexual o la materno-filial) y qué otros factores de riesgo influyen.

Una sentencia del Tribunal Supremo ha declarado "ajustado a derecho" el fichero que el Ministerio de Sanidad creó en el 2000 con las iniciales de los infectados por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH). Este sistema denominado de Información sobre Nuevas Infecciones del VIH (SINIVIH) pretendía conocer la cifra real de portadores del VIH para actuar en función de la verdadera extensión de la epidemia. El fichero, fue impugnado por la asociación antisida PreSOS Galiza, que consideró que lesionaba el derecho a la intimidad.

La Audiencia Nacional admitió este recurso en el año 2004 y el fichero quedó en suspenso, hasta que ahora, y tras seis años de polémica, en reciente sentencia del Tribunal Supremo se ha resuelto que el derecho a la intimidad de las personas "no es ilimitado" y que, en determinadas circunstancias, los poderes públicos pueden establecer medidas dirigidas a proteger la salud pública. Sanidad justificó la creación del SINIVIH en la necesidad de disponer de información suficiente para establecer medidas de prevención. La sentencia puntualiza que aquel fichero cumplía con lo prescrito en el decreto que garantiza el derecho a la intimidad de los ciudadanos.

Este registro, que aportará información útil sobre las vías de infección y transmisión más comunes en España y los patrones que sigue el virus de la inmunodeficiencia humana, es diferente al registro sobre los nuevos casos de sida (cuando la enfermedad se ha desarrollado), que ya existe en nuestro país y del que se extraen cada año los datos sobre la epidemia, y no será nominal, como ocurre en algunos países de la Unión Europea, sino que sólo se recogerán algunos datos que no mostrarán la identidad de la persona con VIH.

No habrá ningún problema de confidencialidad, en el nuevo registro no habrá nombres ni apellidos sino claves y de esa forma no hay peligro de poder identificar a las personas con VIH.

A través de las comunidades autónomas, mediante un soporte magnético, se notificarán los casos. Los datos incluirán los siguientes aspectos: iniciales del nombre y las de los apellidos, sexo y fecha de nacimiento, provincia y país de residencia, país de origen, centro sanitario donde se realizó el diagnóstico, mecanismos de transmisión de la infección, datos clínicos y de laboratorio.
Si los centros privados deben notificar obligatoriamente los datos sobre los casos positivos de VIH que diagnostiquen, dependerá del sistema que cada comunidad establezca. El sistema de información por nuevas infecciones por VIH (SINIVIH) no funcionará como el registro actual de casos de sida, ya que en este último es nominativo (incluye nombre y apellidos) y el SINIVIH no lo hará.

Sin embargo es necesario tener en cuenta la corriente de opinión contraria a esta resolución y así, y dado que en España existen más de 20 centros privados de diagnóstico de VIH anónimo que ofrecen cada mes a sus comunidades respectivas el número de nuevos casos de infección y el sexo, entiende esta corriente que con esos datos ya se podría conocer la situación epidemiológica del VIH en España, sin necesidad de recabar más información, y que los responsables de salud pública, deben tener en cuenta situaciones socioculturales diversas que ocurren en ciudades pequeñas donde hay penalización no sólo por seropositivo sino por tener una orientación sexual concreta.

Si el registro va a permitir que los centros privados puedan seguir manteniendo ese anonimato, no creo que se susciten muchos problemas, si no es así será previsible temo que pueda ser un freno para que la gente se anime a practicarse este tipo de análisis.

Publicado en Redacción Médica el Martes 4 de Diciembre de 2007.Número 677.Año IV

No hay comentarios: