martes, 30 de enero de 2024

El RD para frenar la autonomía colegial contradice al Consejo de Estado

 El Consejo de Estado será quién tenga la última palabra sobre el Real Decreto que quiere atribuir a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la capacidad de realizar una evaluación previa a la aprobación de los códigos deontológicos de los colegios y consejos profesionales generó un rechazo inmediato por parte de estos.

En un informe al que ha tenido acceso Redacción Médica, en el que director jurídico de la Organización Médica Colegial (OMC), Ricardo De Lorenzo, analiza la repercusión de los informes sobre el RD emitidos por el Consejo Económico Social (CES) y la propia CNMC. El profesional explica que el proyecto "va a continuar su decurso" y que "la suerte y contenido final del proyecto dependerá con bastante probabilidad del pronunciamiento del Consejo de Estado" aunque, recuerda el resultado es "es preceptivo y no obstante su carácter no vinculante". Además, De Lorenzo, ha recalcado que "la iniciativa indicada modificatoria del Real Decreto 472/2021, no se ajusta a Derecho".

De Lorenzo explica en el documento que, aunque el CES es más crítico con el borrador, ninguna de las organizaciones apoya directamente la retirada del RD algo que, desde la OMC, aseguran que tendrá como resultado que el proyecto llegue a la tramitación. De esta manera, hace hincapié en que la responsabilidad final, por el momento, recae en el Consejo de Estado.

Falta de transparencia en el proceso

Por otro lado, el análisis de la organización médica destaca la falta de transparencia del RD en relación con los requerimientos europeos para adaptar nuestra normativa, razón principal del cambio planteado por el Gobierno. El abogado recuerda que "la publicación de ambos informes revela que esta iniciativa normativa es consecuencia última de la emisión por la Comisión Europea de un dictamen motivado en el que considera que se ha producido un defecto en la transposición de la Directiva (UE) 2018/958 al estimar que los códigos deontológicos de los Colegios Profesionales no se someten a una evaluación objetiva e independiente en el marco de test de proporcionalidad". Algo relevante pues, según refleja el documento de la OMC, esta es "una noticia que en ningún momento fue puesta de manifiesto durante el trámite de consulta practicado y al que, injustificadamente, ni siquiera se hacía referencia en la exposición de motivos del Proyecto de Real Decreto".

De esta manera, pone en valor la lectura que hace el CES, que critica que "hubiera sido deseable acompañar a la solicitud de dictamen la Carta de emplazamiento remitida a España por la Comisión para comunicar la apertura de un procedimiento de infracción y la respuesta a la misma". Esta omisión, aseguran desde el CES "dificulta en gran medida valorar el alcance concreto de los requerimientos del organismo europeo, así como ponderar la idoneidad del procedimiento que articula el Proyecto para darles satisfacción".

Contradicción en el RD

Asimismo, De Lorenzo analiza las conclusiones de la CNMC y destaca dos de sus valoraciones, indicando que la primera "evidencia una contradicción lógica que no se salva". En este caso se refiere a que los Colegios Profesionales no deberían ser considerados a priori como "autoridades competentes para la regulación", lo que no era óbice a que el Dictamen de la Comisión Europea detectara la "potencialidad regulatoria de los códigos deontológicos". Esto es algo que, a juicio de la CNMC "podría entenderse como una extralimitación de las competencias de las corporaciones por lo que compartía la necesidad de establecer medidas para evitar efectos indeseados".

La segunda valoración tiene relación con la función de evaluación de los Colegios. El informe de la CNMC refleja que esta "debería abarcar también a los códigos deontológicos ya aprobados y no solo como hace el Proyecto a las nuevas propuestas de modificación". Una situación que, aseguran desde la OMC, "entrañaría una aplicación retroactiva de sus disposiciones, que no debería tener mucho recorrido en la elaboración de la disposición