martes, 12 de diciembre de 2006

¿ES DEFICIENTE LA DETERMINACION DEL MODELO DE RECURSOS HUMANOS?

Desde la perspectiva general, la cuestión parte de la base de que, si bien la medicina socializada es algo irrenunciable en una sociedad avanzada, los problemas financieros del Estado del bienestar requieren que sus costes se mantengan dentro de lo razonable. Pues bien, dentro de tan sencillo planteamiento, resultaría que la evolución de costes del Sistema Nacional de Salud sería poco adecuada.

¿Dónde se encontraría el secreto de la cuestión? Desde luego, existen cuestiones (gastos derivados de la tecnificación de las prestaciones sanitarias, consumo d
e medicamentos...) que serían ajenas a los problemas de personal. Pero existe una convicción generalizada de que el tipo de organización sanitaria preexistente generaría disfunciones en el terreno del eficaz aprovechamiento de los recursos humanos. La centralización y la administrativización características de la organización sanitaria diseñada en la década de los 80 contribuirían, en definitiva, a la inadecuada gestión de personal.

Las soluciones al problema que se han venido preconizando, tanto en los informes especializados como fue el llamado “Informe Abril” –cuyo análisis ha sido puntualmente desarrollado por la doctrina – como en el tratamiento teórico del tema, parten siempre de la necesidad de incorporar técnicas de Derecho privado a la gestión sanitaria , habiéndose llegado a hablar de la existencia de una “huida al Derecho privado” en este terreno. Indudablemente, decisiones de este tipo admi
ten gradaciones. Dentro de tan genérica expresión cabe, desde luego, el recurso a la privatización de las estructuras sanitarias para funcionar luego con el sistema de conciertos (cfr. arts. 90 ss. LGS). Pero existen también posibilidades intermedias que hacen hincapié en que las disfunciones del Sistema Nacional de Salud se relacionan con la marcada centralización/jerarquización existente en su interior –que provocaría fenómenos muy diferentes: aparición de macroorganizaciones, carencia de competencias gestoras en los niveles intermedios, desinterés de los profesionales en la toma de decisiones y en la prestación del servicio sanitario, ...–. Como contrapartida, la propuesta no sería necesariamente privatizar sino más bien descentralizar la gestión sanitaria.

En la década de los 90, se fueron experimentando todas las fórmulas indicadas. Marginalmente, encontramos alguna experiencia privatizadora basada en el concierto de infraestructuras sanitarias a favor de una unión temporal de empresas aseguradoras del ramo de los seguros médicos . Sin embargo, como veremos de inmediato, la opción de la mayoría gobernante parece más bien decantarse por la descentralización organizativa del sistema sanitario, a través de un proceso controlado que garantice la continuidad de la asistencia. De hecho, en la normativa que sobre este particular se ha ido aprobando prevalecen las técnicas descentralizadoras, a través de la previsión de nuevas formas organizativas para las instituciones sanitarias, que conservan su carácter público.

Por lo demás, es claro que cualquiera de estas propuestas debe hacer las cuentas con la cuestión del régimen de personal. En los técnicas privatizadoras más duras, con claridad pues la posibilidad de la continuidad del régimen estatutario queda descartada. Pero también en los supuestos de mera descentralización, aunque no en estos casos los márgenes son mayores toda vez que una cuestión es la relacionada con centralización/descentralización y otra bien diferente la relacionada con personal estatutario/laboral: al poderse realizar aquella con técnicas diferentes, más o menos próximas al Derecho privado, las posibilidades de determinación del régimen del personal son también variables.


Publicado en Redacción Médica el Martes 12 de Diciembre de 2006.Número 458.AÑO III

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