“Derecho Sanitario”, no era desde luego, ésta, una expresión de uso habitual en el momento fundacional de la Asociación Española de Derecho Sanitario, hace ya casi diecinueve años, ni evocaba un concepto asentado y reconocido como creo que es en la actualidad y como pretendemos que lo sea aun más en el futuro. Derecho Sanitario es, y lo es por oposición a las normas aisladas, dispersas, a menudo casi ocultas que caracterizan la idea de legislación sanitaria, el cuerpo normativo hecho de los principios, reglas y disposiciones que tutelan y organizan los intereses y obligaciones de todos los que participan en la relación sanitaria para hacer efectivos sus derechos individuales y el derecho de todos a la protección de la salud.
Y como quiera que ese derecho subjetivo de cada uno y el derecho objetivo de todos, están configurados como derechos sociales, importa a todos, pacientes médicos y profesionales sanitarios primero, médicos profesionales sanitarios y juristas después e instituciones sociales y políticas y, por último, singularmente la Administración sanitaria.
He nombrado al paciente en primer lugar, con los profesionales sanitarios, y podría o debería haber dicho el hombre enfermo o simplemente el hombre para recordar el origen y el sentido de la consagración constitucional del derecho a la protección de la salud, reconocimiento que surge en contra de la experimentación y del desprecio del derecho a la vida de regímenes totalitarios, pero al colocar al paciente y al médico en ese lugar primero he querido destacar que la relación central y esencial del Derecho Sanitario es la relación profesional sanitario-paciente, evocar el fin del derecho a la salud y establecer que su moderna concepción se basa en la constatación de la libertad y la igualdad del paciente.
Naturalmente que todo lo anterior sugiere nuevas reflexiones. Ante todo su carácter social. Es preciso preservarlo y potenciarlo desde la sociedad civil como garantía de independencia y de libertad en su desarrollo, y como freno para su colonización por intereses políticos o económicos, lo que lleva a tomar conciencia de que la lucha por su progreso no ha finalizado, y precisamente por ello debemos celebrar nuevas iniciativas como la de la recién nacida Asociación Andaluza de Derecho Sanitario que se incorpora ante la importancia de la realidad contemplada en la Comunidad Autónoma Andaluza, que ha servido de acicate para que un grupo de expertos, exponentes de la excelencia en el Derecho Sanitario en esa Comunidad, se hayan movilizado con el propósito de estudiar tales cuestiones, tratando, como es lógico, de influir en su conformación.
El punto de partida no ha sido otro, que el reconocimiento de la complejidad de la materia sobre la que se debe proyectar el esfuerzo y su pertenencia a realidades científicas diferentes. Es, en consecuencia, el reconocimiento multidisciplinario del campo acotado en el se ha construido la base asociativa con profesionales de reconocido prestigio provenientes de diferentes sectores, Abogados del sector sanitario, enfermero y farmacéutico, Médicos y Economistas, pero todos unidos por el concreto interés que suscitan las actividades del Derecho y de la Salud.
Y con la obligada felicitación y bienvenida solamente un consejo, el recordar siempre el carácter profundamente social, que nace y quiere revertir en la sociedad misma, en todos y para todos quienes aportan interés, trabajo e ilusión por el Derecho Sanitario, en este caso en la Comunidad Andaluza.
Publicado en Redacción Médica el Martes, 5 de abril de 2011. Número 1432. Año VII.
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