martes, 3 de enero de 2006

TODO PARA LA SANIDAD PERO SIN LA SANIDAD

El título nos sirve para rememorar las tutelas que imponían a mediados del siglo XX los legisladores sobre los pacientes, que afortunadamente hoy han desaparecido en gran parte. El Derecho Sanitario continúa en la actualidad sin ellas, habiendo cambiado sus estrategias y ampliando sus fronteras recuperando el conocido principio “todo para el paciente, pero contando con la opinión del mismo”.

Lo que no sucede en el ámbito de la Sanidad, en el que como muestra, nos sirve el informe del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales sobre el anteproyecto de Ley de Dependencia aprobado en el último Consejo de Ministros del año 2005 al que voces tan autorizadas como la de Xavier Gómez Batiste y Julio Sánchez Fierro (en la foto) denuncian la ausencia de influencia por parte de Sanidad en la redacción del todavía anteproyecto.

Es evidente en el texto su mutismo sobre los servicios sanitarios olvidándose de que la dependencia está asociada frecuentemente a patología, pluripatología y demencia, y de que su abordaje debe ser sanitario.

Comparto la opinión tanto de Xavier Gómez Batiste como de Julio Sánchez Fierro en cuanto que la ley tendrá que ser completada con un amplio desarrollo relativo a servicios sanitarios tales como geriatría, atención sanitaria domiciliaria, atención primaria, convalecencia, rehabilitación, hospital de día y largas estancias...

El mismo problema y con las mismas premisas, surge en la polémica planteada entre la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y la Organización Médica Colegial (OMC) en relación a las recomendaciones aprobadas en la Asamblea General de esta última, sobre custodia de las historias clínicas.

Polémica en mi criterio en la que no sólo cuenta la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, sino que también cuenta la Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente y de información y documentación clínica.

Todo lo anterior lo único que pone de manifiesto es la falta de conciencia sobre la especificidad del acto médico y la necesidad y presencia de Sanidad en aquello que le es propio.


Publicado en Redacción Médica el Martes 3 de Enero de 2006. Número 249. AÑO II

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