martes, 2 de septiembre de 2008

MEDIDAS ECONÓMICAS Y COLEGIOS PROFESIONALES

La aprobación por el Consejo de Ministros durante el mes de agosto de un programa de reformas económicas que se llevarán a cabo entre 2008 y 2009 supone el establecimiento de un calendario concreto para la puesta en marcha de diferentes medidas en sectores estratégicos, entre los que se encuentran los colegios profesionales dentro del ámbito de servicios.

El efecto inmediato es la aceleración del proceso de transposición de una de las directivas más importantes de la Unión Europea, cuya fecha límite es diciembre de 2009: la Directiva 2006/123 CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre, relativa a los servicios en el mercado interior, también conocida como Directiva Bolkenstein, o de Liberalización de Servicios.


La adaptación de la directiva europea de servicios, uno de los pilares de la Agenda de Lisboa, será uno de los retos más peliagudos y complejos que afrontará el Gobierno. No sólo porque exigirá cerca de 6.000 modificaciones legislativas, sino también porque el debate con los colegios profesionales, junto con las asociaciones de comercio o administraciones autonómicas, será complicado. Este nuevo marco jurídico, con el que se intentará impulsar la libertad de establecimiento y prestación de servicios en toda la Unión Europea, va a significar una revolución en muchas economías. Sobre todo, en aquellas más descentralizadas, como la española, donde el mapa autonómico ha tejido en los últimos años una compleja telaraña regulatoria difícilmente compatible con las exigencias comunitarias.


El Gobierno se reunió el pasado 28 de julio con los colegios profesionales y les comunicó que, además de las medidas de liberalización que impone la directiva (sobre todo para facilitar la actividad en España de profesionales de otros países), propondrá antes de fin de año otro proyecto de ley para impulsar el libre acceso a actividades colegiadas que fortalezca el principio de libre acceso a las profesiones, refuerce la protección de los usuarios e impulse la modernización de los Colegios Profesionales.


En dicha reunión se plantearon cuestiones como el concepto de profesión regulada; la coordinación interadministrativa, haciéndose referencia a la relación entre la Directiva de Servicios citada y la Directiva de Reconocimiento de Cualificaciones Profesionales 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales.

No olvidemos que las nuevas titulaciones fruto del proceso de Bolonia y el debate sobre el modelo de profesión liberal pueden generar una eclosión de títulos nuevos no reconocidos que choquen directamente con el objetivo de Ministerio de Ciencia e Innovación de situar a las universidades españolas entre las mejores de Europa en 2015. Por eso, será necesario establecer más que nunca una distinción clara entre el título académico (graduado) y el título profesional (que habilita para el ejercicio profesional).


Publicado en Redacción Médica el Martes, 2 de sept. de 2008. Número 836. Año IV.

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